Algunos cristianos sienten cierto malestar cuando se aborda la cuestión de las indulgencias. No dan valor a esta práctica tal vez porque se expresa en un lenguaje de intercambio comercial y ha estado vinculada a acontecimientos poco felices de nuestra historia. Pero al mismo tiempo, el pueblo cristiano en general recibe esta práctica de manera favorable y quiere “ganar la indulgencia”.

Entonces… ¿es conveniente guardar silencio acerca de esta cuestión espinosa y delicada y dejar que cada uno elija su propia interpretación personal? Nosotros creemos que es mejor presentar el significado de las indulgencias y hablar de las riquezas y exigencias de las mismas.

El vocabulario es importante

Antes que nada y sobre todo, es necesario purificar nuestro lenguaje. Cuando somos precisos en una expresión, sobre todo cuando es una expresión corriente, esto tiene influencia en los comportamientos.

En lo que concierne a “las indulgencias”, sería mejor que digamos el “don de la indulgencia” más que de “las indulgencias”. La palabra no debe ser empleada en plural porque, en nuestra mentalidad, nos lleva a contemplar “las indulgencias” como si se tratara de cosas. Y así nos olvidamos de que se refiere a una actitud de Dios para con nosotros. La palabra designa una relación: Dios es indulgente conmigo que soy pecador, es decir, que me perdona gratuitamente y me llama a la conversión.

También es necesario alejar de nuestro vocabulario la fórmula: “ganar (o lucrar) indulgencias”. Es mejor decir: recibir el don de la indulgencia.

En ningún caso se trata de “ganar” una indulgencia, sino de acogerla, de recibirla. Por otra parte, “ganar una indulgencia” comporta una contradicción en los términos. Nadie gana un don, sino que lo recibe con la acción de gracias.

El término indulgencia se nos presenta junto a otros términos que nos son familiares, tales como pueden ser los de bondad, ternura, misericordia, amor. Como todos estos, indulgencia designa el perdón que Dios concede gratuitamente al pecador arrepentido. Se trata aquí de una característica que atribuimos a Dios tal como Cristo nos lo revela en la parábola del hijo pródigo o de la oveja perdida.

La remisión de la pena del pecado

Fue en la Edad Media cuando el término se usó en plural y en un contexto distinto del contexto litúrgico. Designa, entonces, una práctica que se llegó a hacer corriente y que consiste en conseguir una remisión “de la pena” que acompaña al pecado; y esto por medio de una ofrenda, una oración o una peregrinación. Esta práctica tiene una historia que es preciso recordar brevemente si se quiere comprender por qué ha podido ser justificada. Puesto que, si bien la práctica se convirtió en aberrante en el siglo XVI, el fundamento de la misma debe mantenerse.

Se trataba de la remisión de una pena… ¿de qué pena? En los primeros siglos, vigentes aún las persecuciones contra los católicos, esta pena es la penitencia pública impuesta a los pecadores públicos. Sabemos que los pecadores públicos graves (en particular el homicidio y la apostasía) no eran absueltos sino al final de una penitencia pública que podía oscilar desde unos pocos días a la duración del período cuaresmal, o incluso alargarse a uno o más años.

Se trataba de dar a los pecadores el tiempo para dar muestras de su conversión por su parte, y, por otra, para reparar, a través del testimonio de esta conversión, el contra-testimonio que habían dado.

Jesús indulgente

En la comunión de los santos

Ahí nació una práctica: la de los libelli pacis (escritos de paz). Los mártires pedían dar a los lapsis (los apóstatas) una carta de recomendación para que obtuvieran ser devueltos a la comunión de la Iglesia antes que concluyera su tiempo de penitencia. El obispo no estaba obligado a tomar el pedido en consideración, pero ordinariamente concedía el favor que se pedía.

Así un hermano cristiano reparaba, por medio de su testimonio supremo (el martirio), el contra-testimonio de otro hermano.

Similar aunque no igual actitud tenían los confesores, es decir aquellos que si bien no habían llegado al martirio, habían confesado su fe en medio de las persecuciones, prisiones y torturas: intercedían por aquellos que sí habían cedido en el momento de la prueba, para que fueran readmitidos a la comunión.

De esta práctica antigua se conservo, en lo que concierne a las indulgencias, la “tarifación”. No tiene que ver con un pago en dinero sino con el tiempo penitencial: ocho días, cincuenta días, una cuaresma de penitencia. El tiempo correspondía entonces, al equivalente de una penitencia pública.

Pero lo esencial no se encuentra aquí. Está en la justificación de las indulgencias que estaba en la base de esta práctica. Y esta base no es otra que la aplicación, a una situación concreta, del artículo del Símbolo de los apóstoles: Creo en la comunión de los santos.

San Pablo escribió a los Colosenses (1,24): “completo en mi carne lo que falta a los padecimientos de Cristo, para bien de su Cuerpo, que es la Iglesia”. El cristiano es miembro de una Iglesia y vive su fe y se convierte con la ayuda de todos los hermanos (incluyendo también a los del cielo) de la misma manera que ayuda a sus hermanos en su conversión o a mantener su fe.

El tesoro de gracia

Es preciso hacer notar que en la Edad Media se hablaba más de los tesoros de la Iglesia que de la comunión de los santos. Tesoros constituidos por la gracia sobreabundante de Cristo y por las gracias de los santos. Tesoros a los que se acudía para distribuirlos a los cristianos o para hacer que se beneficiaran de los mismos las almas del purgatorio.

Hoy, tal vez, no es ésta una expresión feliz ya que cosifica una realidad viva: la solidaridad de los santos en Jesucristo. Por eso este término puede herir nuestra sensibilidad a causa de la imagen de riquezas acumuladas en alguna parte del cielo y distribuidas de nuevo de acuerdo con unas condiciones determinadas, cuando en realidad se trata de relaciones personales.

la comunión de los santos

Qué es el don de la indulgencia

La indulgencia es la ayuda para el perdón de la pena temporal que recibe, desde la comunión de los santos, el pecador que entra en un camino de conversión luego de que su culpa fue perdonada por el sacramento de la confesión.

El perdón es gratuito, pero la conversión posterior es “costosa” porque debe rehacer lo que el pecado ha deshecho. No se trata de restaurar la relación con Dios, ya que esto es un don de Dios que se recibe en la confesión (pena eterna), sino de reparar el mal causado por el pecado (pena temporal).

Cuando los apóstatas hacían su penitencia pública, confesaban ante los miembros de la comunidad la fe que habían renegado públicamente. La penitencia que realizaban delante de todos era la visibilidad de su conversión interior y reparaba, por el testimonio que manifestaba, el contra-testimonio que habían dado ante los hombres.

Si ésta “reparación” era, en parte, asumida por el mártir, no dispensaba en modo alguno al pecador arrepentido de su fidelidad a Jesucristo. Toda conversión debe tomar configuración en comportamientos nuevos. Recordemos que la penitencia impuesta por el confesor es el signo del compromiso asumido y el inicio de una vida nueva.

Recibir el don de la indulgencia no debe dispensarnos ni de la conversión interior ni de su traducción en una novedad de vida. Si la indulgencia consistiera en una tal dispensa, sería contraria a la conversión real, con todas las exigencias que implica. Llamada a una conversión necesariamente personal, pero que llevamos a cabo en la Iglesia y que realizamos con nuestros hermanos.

En esta tarea que es difícil, pesada, tenemos la certeza de no encontrarnos solos. No solamente el Espíritu quien nos da las fuerzas necesarias. También contamos con la ayuda de todos los santos, es decir, de todos los miembros del Cuerpo de Cristo.

La indulgencia reside en este intercambio misterioso entre nosotros, en esta ayuda a que nos prestamos mutuamente. Recibir el don de la indulgencia es abrirnos con mayor amplitud a la misericordia de Dios, manifestada en la muerte y en la resurrección de Cristo, en comunión con todos los miembros de la Iglesia, con los que nos han precedido y que están en la gloria de Dios, así como con los que son nuestros contemporáneos. Y esta comunión es una gracia.

Respuestas básicas sobre el don de la indulgencia

(Click para ver la respuesta)

¿Qué pecados perdona la indulgencia?

NINGUNO. En el sacramento de la penitencia o reconciliación (o confesión) se nos perdonan los pecados en cuanto a la pena eterna que no nos deja entrar al cielo. Pero luego debemos purgar (purificarnos) las penas temporales que son consecuencia de esos pecados, ya sea en esta tierra o en el purgatorio. Las indulgencias nos eximen de estas penas de carácter temporal.

¿Qué tipos de indulgencias existen?

La indulgencia es parcial o plenaria, según libere totalmente o en parte de la pena temporal debida por los pecados. INDULGENTIARUM DOCTRINA

¿Cómo se hacen las indulgencias?

Pueden recibir, del tesoro de gracia de la Iglesia, indulgencia de sus pecados todo fiel cristiano
+ verdaderamente arrepentido, que tenga la disposición interior de un desapego total del pecado, incluso venial, y esté movido por el espíritu de amor a Dios y al prójimo;
+ esté purificado por la confesión sacramental de sus pecados;
+ reciba la sagrada Eucaristía (es mejor recibirla participando en la Misa, pero para la indulgencia sólo es necesaria la sagrada Comunión);
+ y ore por las intenciones del Papa.

Junto a estas condiciones comunes hay que hacer una obra indulgenciada por la Iglesia que puede ser ya una obra de piedad o religión, una obra de misericordia o caridad o una obra de penitencia.

¿Cuándo y cómo debo hacer esta prácticas?

Es conveniente, pero no necesario, que la confesión sacramental, y especialmente la sagrada Comunión y la oración por las intenciones del Papa, se hagan el mismo día en que se realiza la obra indulgenciada. Pero es suficiente que estos sagrados ritos y oraciones se realicen dentro de algunos días (unos veinte) antes o después del acto indulgenciado. La oración según la mente del Papa queda a elección de los fieles, pero se sugiere un «Padrenuestro» y un «Avemaría».
Para varias indulgencias plenarias basta una confesión sacramental, pero para cada indulgencia plenaria se requiere una distinta sagrada Comunión y una distinta oración según la mente del Santo Padre.

¿Se pueden ofrecer por las almas del purgatorio?

Las indulgencias siempre son aplicables o a sí mismos o a las almas de los difuntos, pero no son aplicables a otras personas vivas en la tierra.
Las indulgencias, ya parciales ya plenarias, siempre pueden aplicarse por los difuntos a modo de sufragio.

¿Cuántas indulgencias puedo recibir?

La indulgencia plenaria sólo se puede obtener una vez al día, todos los días.
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