La apostasía es un fenómeno relacionado con el abandono de la fe. Pero es algo mucho más grave que el simple enfriamiento del “sentimiento” religioso. Supone una dimensión subjetiva, íntima, que se manifiesta de manera objetiva, explícita, a través de determinados actos de la persona apóstata. Detengámonos en algunos aspectos concretos de la misma.

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La palabra apostasía

Nos encontramos con un término que tomamos prestado del griego. La palabra apostasía viene de “apostates” que está compuesto por tres partes: el prefijo “apo” (afuera, apartarse), el verbo “instanai” (colocarse, ponerse) y el sufijo “tes” (el agente). Así etimológicamente significa “el que se para aparte”, haciendo referencia a la rebeldía de una persona que se separa de su grupo de pertenencia.

Esta palabra griega fue usada en el Antiguo testamento para expresar el alejamiento de Yahveh (leamos, por ejemplo, Jr 2,19). En San Pablo (2 Tes 2,3) se habla de una apostasía en los tiempos finales, a la cual el Catecismo de la Iglesia Católica le dedica un párrafo (N° 675-677) pero que ya San Juan en su primera carta describía:

“Hijos míos, ha llegado la última hora. Ustedes oyeron decir que vendría el Anticristo; en realidad, ya han aparecido muchos anticristos, y por eso sabemos que ha llegado la última hora. Ellos salieron de entre nosotros, sin embargo, no eran de los nuestros. Si lo hubieran sido, habrían permanecido con nosotros. Pero debía ponerse de manifiesto que no todos son de los nuestros.” (1 Jn 2,18-19)

En la Sagrada Escritura esta palabra está relacionada con el ámbito de apartarse de lo divino, es decir, con el ámbito religioso, de la fe.

El concepto apóstata

A lo largo de la historia cristiana los teólogos han reflexionado en varias oportunidades acerca del significado concreto de este término. Detengámonos en la presentación del mismo que hace Tomás de Aquino, ya que es la más abarcativa.

Tomás la reflexiona en el marco de la presentación de las virtudes teologales, concretamente de la fe (II-II,12,1-2). La define como un cierto retroceso del hombre en su relación de fe (unión) con Dios. Retroceder significa volver atrás, volver sobre los propios pasos… volver al ámbito de lo meramente humano saliendo del ámbito de lo divino a lo cual la fe nos introduce.

Este retroceder se produce de tres dimensiones distintas:

1.- En la unión a Dios por la fe.

2.- En la obediencia a la voluntad divina manifestada en el cumplimiento de los mandamientos.

3.- En el abandono de un estado de vida que supone consagración total a Dios (sacerdote, religioso).

De estos tres aspectos el principal tiene que ver con el abandono de la fe en Dios. A esto lo denomina perfidia (término al cual la RAE define como. "deslealtad, traición o quebrantamiento de la fe debida").

Este escritor sagrado tiene un método en el cual primero pone objeciones, luego desarrolla su enseñanza y, a partir de lo dicho, responde cada una de las objeciones. La segunda objeción que proponía que la apostasía no sería una infidelidad propiamente dicha porque "la infidelidad se da en el entendimiento mientras que la apostasía, en cambio, parece residir más en la obra exterior o en la palabra, e incluso en la voluntad interior", recibe la siguiente respuesta:

"A la fe pertenece no sólo la credibilidad del corazón, sino también la confesión pública de la fe interior con palabras y obras exteriores, pues la confesión es acto de la fe.

De esta manera, algunas palabras y obras externas pertenecen a la infidelidad en cuanto que son señales de la misma, al modo como se dicen sanos los signos de salud.

En cuanto a la autoridad citada (Prov 6,12), si bien puede aplicarse a todo tipo de apostasía, se aplica, sin embargo, con toda verdad, a la apostasía de la fe. Porque, en efecto, la fe es fundamento primero de las cosas que esperamos (Heb 11,1), y sin la fe es imposible agradar a Dios (Heb 11,6); perdida la fe, de nada dispone el hombre que le sea útil para la salvación eterna. Por esa razón se escribe primero hombre apóstata, hombre inútil (Prov 6,12).

Mas la fe es también vida del alma, a tenor de las palabras del Apóstol: El justo vive por la fe (Rom 1,17). Por lo tanto, del mismo modo que, cuando desaparece la vida corporal, todos los miembros y partes del hombre pierden su disposición debida, así también, cuando desaparece la vida de justicia, que se da por la fe, aparece el desorden en todos los miembros.

Aparece primero en la boca, por la cual se manifiesta el corazón; segundo, en los ojos; tercero, en los órganos del movimiento, y, por último, en la voluntad, que tiende al mal. De aquí se sigue que el apóstata siembra discordias intentando alejar a otros de la fe, como se alejó él mismo."

El Catecismo de la Iglesia Católica ubica a la apostasía en el marco de la incredulidad (junto con la herejía y el cisma) y la define como “el rechazo total de la fe cristiana”.

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La apostasía colectiva

Se está dando en algunos países que grupos minoritarios de bautizados rechazan la fe de manera explícita. En Argentina se dan algunos de estos casos, sobre todo en grupos liberales radicalizados. Lo hacen de manera pública y piden ser borrados de los libros en los cuales se registran los bautismos. Están en todo su derecho de hacerlo, porque la fe es libre y la pertenencia al Pueblo de Dios también.

Este tipo de pedido ha supuesto consultas a Roma sobre la manera práctica de proceder por parte de la Iglesia frente al pedido de estos, sus hijos. En el año 2.006 el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos hace una declaración que fue refrendada por Benedicto XVI y enviada a los presidentes de las Conferencias Episcopales de todo el mundo. Allí observan los contenidos teológico-doctrinales de ese hecho y determinan los requisitos y las formalidades jurídicas necesarias para que éste se configure como un verdadero “acto formal” de defección.

En primer lugar, dicen que para el abandono de la Iglesia Católica sea configurado válidamente se deben dar tres pasos:

a) la decisión interna de salir de la Iglesia católica;

b) la actuación y manifestación externa de esta decisión;

c) la recepción por parte de la autoridad eclesiástica competente de esa decisión.

Pero no es un mero papelito el que se da, sino que se manifiesta un deseo profundo. Así lo consigna el documento:

“El contenido del acto de voluntad ha de ser la ruptura de aquellos vínculos de comunión –fe, sacramentos, gobierno pastoral– que permiten a los fieles recibir la vida de gracia en el interior de la Iglesia.

Esto significa que un tal acto formal de defección no tiene sólo carácter jurídico-administrativo (salir de la Iglesia en el sentido relativo a su registro con las correspondientes consecuencias civiles), sino que se configura como una verdadera separación con respecto a los elementos constitutivos de la vida de la Iglesia: supone por tanto un acto de apostasía, de herejía o de cisma.”

Esto se trata de llevar a cabo un acto jurídico válido. Este debe ser realizado por una persona canónicamente capaz y de acuerdo con la normativa canónica que lo regula. Por eso debe ser hecho de modo personal, consciente y libre.

También se requiere que el acto sea manifestado por el interesado en forma escrita a la autoridad competente de la Iglesia católica. Dicha autoridad será quién juzgará sobre la existencia o no en el acto de voluntad del contenido expresado en la cita anterior.

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Las consecuencias de la apostasía

Quién reniega formalmente de su fe queda apartado formalmente de la Iglesia Católica. Así lo expresa el Código de Derecho Canónico:

“El apóstata de la fe… incurre en excomunión latae sententiae” (Cfr. N° 1364,1).

“Latae sententiae” significa que, por el mismo acto realizado, la excomunión queda concretada.

¿Qué consecuencias deja esta pena de excomunión?

No puedo usar de la salvación que regala Jesucristo a través de los sacramentos que administra la Iglesia. Se pone en juego mi destino eterno… ni más ni menos.

¿Qué hace la Iglesia cuando alguien apostata?

Se verifica la apostasía y se deja sentado la condición de apóstata.

“En estos casos, la misma autoridad eclesiástica competente proveerá para que en el libro de bautizados (cfr. can. 535, § 2) se haga la anotación con la expresión explícita de que ha tenido lugar la “defectio ab Ecclesia catholica actu formali”.”

¿Esto borra mi bautismo?

No. Porque a través del bautismo Dios produce en mi alma una marca (carácter) tan profunda que nada ni nadie lo puede borrar.

“Queda claro, en cualquier caso, que el vínculo sacramental de pertenencia al Cuerpo de Cristo que es la Iglesia, dado por el carácter bautismal, es una unión ontológica permanente y no se pierde con motivo de ningún acto o hecho de defección.”

¿Se puede volver de la apostasía?

Si. Con conversión y penitencia. Dios es un Padre misericordioso que está siempre dispuesto a abrazar al hijo que vuelve arrepentido del pecado. Pero... para eso hay que abandonar primero el orgullo que está en la raíz misma del acto de apostasía.

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3 COMENTARIOS

  1. Como siempre, un capo. Claro, fundamentado, y bien explicito. A hacerse cargo de las consecuencias muchachos. Siga asi Padre, muy muy buenos sus articulos.
    Pablo.

  2. Padre, Dios me lotrajo esta nohe, tengo un hijo de 31 añosque quiere apostatar (creo que así se dice) y me está pidiendo los datos de su Bautismo, yo estoy muy angustiada, porque más allá de que no practicaba los sacramentos, ni asistía a misa, yo mantenía la esperanzade su conversión. Ahora, con esto, ya siento que se aleja definitivamente del Señor. Padre qué puedo hacer, más allá de rezar contínuamente, pido suconsejo, por favor, dígame cómo debo actuar. Muchas gracias!

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